Comprobantes
relacionados con los hechos económicos
El proceso contable
se inicia con la captación de datos por medio de comprobantes, cada registración
contable (asiento) está respaldada por un comprobante.
Los COMPROBANTES
son la fuente de las registraciones contables.
Por cada hecho
económico o hecho
administrativo que se realiza
en la empresa, se emite un comprobante.
Estos
comprobantes pueden tener origen interno
en la empresa (por ejemplo un vale de caja por adelantos de sueldos, una
solicitud de materias primas de un departamento de producción al depósito) o
pueden ser externos: provenir de
fuera de la empresa hacia dentro de ella (ejemplo un recibo por el pago de una
deuda a un proveedor) o viceversa: se originan en la empresa y está dirigida
hacia afuera de ella (ejemplo: una factura que emitimos a un cliente).
Es decir toda
vez que se produce un hecho que modifica cualitativamente o cuantitativamente el
patrimonio de la empresa, se debe confeccionar un documento que se extiende en forma escrita, en el que se deja constancia
que se ha realizado una determinada operación comercial.
Requisitos
de
los comprobantes: son documentos formales y en
su confección se deben respetar
determinadas normas dispuestas
por
la ley o
por las prácticas
comerciales.
Funciones
de los comprobantes: los comprobantes o documentos comerciales cumplen en la
organización de la empresa diversas funciones:
• Función contable: los comprobantes son un
elemento fundamental para contabilizar las operaciones y por ello, son la fuente
de datos para la registración contable.
• Función de control: El comprobante es un
elemento para el control posterior
de las registraciones efectuadas y para la comprobación de los asientos de contabilidad.
Para facilitar las tareas de control los
comprobantes se deben archivar por orden cronológico, lo más corriente es archivarlos
por orden de los asientos.
• Función jurídica: El Código
de Comercio en dos de sus artículos se refiere
a las formalidades que deben cumplir los libros (punto
3.1.2) para que tengan valor probatorio en juicios. Las registraciones deben estar
respaldadas por comprobantes y éstos, a su vez, servirán como prueba si cumplen
con los requisitos formales
• Función impositiva: Los comprobantes sirven
al comerciante para probar la veracidad de las declaraciones juradas y permiten a los fiscalizadores
controlar la exactitud de los montos imponibles de los impuestos.
CONSERVACION
Y ARCHIVO
El Código de
Comercio establece que los comerciantes tienen la obligación de conservar los libros de contabilidad
por un lapso de 20 años una vez
finalizada sus actividades.
Esta
obligación alcanza a los sucesores en caso de fallecimiento.
Pero con
respecto a los comprobantes no dice nada.
Ante este
silencio se aplican las disposiciones del Código Tributario, que rige en
materia impositiva.
Las disposiciones dictadas por la DGI determinan que los comerciantes deben
conservar los comprobantes durante un lapso de cinco a diez años.
Este plazo
está referido al período de tiempo en el cual prescriben los impuestos.
La
prescripción es una figura legal que establece que el Estado pierde los
derechos a cobrar el impuesto sino lo hizo en dicho plazo de cinco a diez años.
Hablamos de
cinco años (a contar de la fecha en que deben pagarse) si el obligado presentó
sus declaraciones juradas, sino lo hizo, el plazo es de diez años.
Los
documentos tienen que ser conservados cronológicamente y guardados en lugares
donde puedan ser consultados en cualquier momento.
En cuanto a
la forma de archivar hay varios métodos:
1. el archivo directo,
2. el scanner a través del computador y
3. la reducción fotográfica
4. electrónicamente en formato digital
REQUISITOS
Existen una serie de requisitos impuestos por la legislación vigente en cuanto a la forma e información que deben contener los diferentes comprobantes que sirven de documentación respaldatoria de las operaciones comerciales.
Algunos son requisitos generales para toda documentación legal de la empresa, y otros son específicos según el tipo de documento que se trate.
La falta de cumplimiento de las formalidades priva de eficacia a los comprobantes
El detalle de las formalidades de los comprobantes fiscales se desarrollará con mucho más detalle en la materia Bases Documentales.
Muy buena información, clara y concisa.Muchas gracias.
ResponderEliminarUna información bien redactada y completa, muy buen material
ResponderEliminareXELENTE INFO
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